Cambios en la Ley de Movilidad de CDMX entran en vigor-Ángel Mieres Zimmermann
Recientemente el gobierno capitalino dio a conocer los cambios que introdujo en el reglamento de la Ley de Movilidad estatal, y que simplificarán la gestión de algunos procesos habituales, como el alta de placas de vehículos nuevos y usados, la baja de un automóvil, la reposición de la Tarjeta de Circulación, o el cambio de domicilio, de motor o propietario.
Las modificaciones se publicaron en la Gaceta de la Ciudad de México el pasado martes y entraron en vigor este miércoles 24 de noviembre. Básicamente, se eliminan múltiples requisitos que antes sí se exigían y dificultaban los procesos.
Con las nuevas medidas, los propietarios de vehículos particulares o de ruta fija, taxis o transporte de carga no tendrán que presentar un comprobante de domicilio. Para acreditar sus datos personales, bastará con mostrar el INE o facilitar una carta firmada bajo protesta de decir verdad, que incluya el nombre, dirección y número de teléfono del titular. Además, tampoco será obligatorio el pago de infracciones al momento de realizar la gestión. Los conductores podrán completar el trámite y después, más adelante, abonar sus multas.
Al simplificar esos tres puntos a través del programa integral, se espera ayudar a los ciudadanos a cumplir con sus obligaciones y que esto tenga una repercusión en la Tesorería estatal, aumentando los ingresos de la capital.
¿Cuáles son los beneficios?
- Se facilitará el alta de placas de vehículos nuevos y usados, baja de vehículos, la reposición de la Tarjeta de Circulación, cambios de domicilio, de motor y de propietario.
- No se pedirá ningún documento para certificar la revisión de pagos: antes se pedían seis documentos de pago. Ahora se verificará de forma automatizada por el webservice de SEMOVI y la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF).
- El pago de infracciones ya no será un requisito, así que los usuarios podrán realizar sus trámites vehiculares y después, cumplir las infracciones. La revisión del cumplimiento de pagos de sanciones seguirá vinculada a la verificación vehicular o al ser remitidos al corralón.
- Ya no se requerirá un comprobante de domicilio para comprobar tus datos personales. Ahora bastará con la credencial del INE o con una carta bajo protesta de decir verdad en la que figure el nombre, domicilio y teléfono del titular o en su caso, correo electrónico.
Además, García Dobarganes indicó que están trabajando para digitalizar trámites como el refrendo de la tarjeta de circulación y el alta de vehículos foráneos.
¿Qué requisitos se necesitan ahora?
Alta nuevos vehículos: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para comprobar el domicilio.
Alta vehículos usados: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para comprobar el domicilio.
Baja de vehículos: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); placas de matrícula y/o acta digital, Tarjeta de circulación y/o acta digital.
Reposición Tarjeta de Circulación (TDC): identificación oficial (o comprobación digital de identidad); tarjeta de circulación y/o acta digital.
Cambio de propietario: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; INE o carta bajo protesta de decir verdad para comprobar domicilio; Tarjeta de Circulación y/o acta digital.
Cambio de domicilio: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); INE o carta bajo protesta de decir verdad para comprobar domicilio.
Cambio de motor: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); Tarjeta de Circulación y /o acta digital.
Refrendo de Tarjeta de Circulación: identificación oficial (o comprobante digital de identidad).